domingo, 5 de octubre de 2008

Magisterio paralelo en el Opus Dei

Publicado por Doserra en Opuslibros, 18 de abril de 2007

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Copio a continuación uno de los guiones que regulan el control que los Directores de la Obra ejercen sobre las lecturas de sus miembros.

Como puede comprobarse, hay afirmaciones muy válidas. Pero lo que no está tan claro es que el Prelado del Opus Dei tenga facultades en esta materia, de forma que pueda establecer en la Prelatura que dirige, como de hecho hace, una censura diferente de la que la Iglesia autoriza a instituir a los Ordinarios locales. Si se lee el n. 1 de la segunda parte del guión, se verá que cita el parágrafo 1 del canon 823, en que se habla genéricamente de la responsabilidad en esta materia de los pastores de la Iglesia. Pero omite el segundo parágrafo y el siguiente canon, donde se concreta que esa responsabilidad compete a los ordinarios locales.

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